EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que Expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Marzo-2014
- Economía


25-Marzo-2014

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2014

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto
promover, proteger y garantizar la libre concurrencia y la
competencia económica, así como prevenir, investigar,
combatir, perseguir con eficacia, castigar severamente y
eliminar los monopolios, las prácticas monopólicas, las
concentraciones ilícitas, las barreras a la libre concurrencia
y la competencia económica, y demás restricciones al
funcionamiento eficiente de los mercados.
1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 20 de febrero de 2014.

b) Iniciativa suscrita por los diputados Purificación Carpinteyro Calderón, Fernando Belaunzarán Méndez, Agustín Miguel Alonso Raya y Trinidad Morales Vargas (PRD), el 25 de febrero de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 25 de marzo de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por 397 votos a favor, 45 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de marzo de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Económico y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 107 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.