EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en materia de derecho de audiencia. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Educación y Cultura Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 29-Abril-2014 |
- Educación Pública y Servicios Educativos - Cultura y Cinematografía 29-Abril-2014 Publicación en el DOF: 13-Junio-2014 |
Indicar que el Presidente de la República, o en su caso el Secretario de Educación Pública expedirá o revocará la declaratoria para señalar qué son monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas de monumentos, que será publicada en el Diario Oficial de la Federación. Señalando el procedimiento a seguir a petición de parte y qué requisitos deben reunir. La declaratoria de que un bien inmueble es monumento, deberá inscribirse, además, en el Registro Público de la Propiedad de su jurisdicción, en un plazo de quince días contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Asimismo, la opinión de la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos será necesaria para la emisión de las declaratorias. |
1. Iniciativa suscrita por la Dip. Gabriela Cuevas Barron (PAN) el 24 de febrero de 2011. 2. Iniciativa suscrita por la Dip. Ana Luz Lobato Ramírez (PRD) y por integrantes de diversos Grupos Parlamentarios, el 27 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura) 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 20 de marzo de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 442 votos. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 5. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 21 de marzo de 2013. (LXII Legislatura) 6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 103 votos en pro. 7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 8. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 13 de febrero de 2014. 9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 29 abril de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular por 431 votos a favor. 10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio de 2014. |