EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma los artículos 27 y 78, y adiciona un artículo 78 Bis a la Ley General de Vida Silvestre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Noviembre-2013
- Medio Ambiente y Recursos Naturales


21-Noviembre-2013

Publicación en el DOF:
26-Diciembre-2013
Establecer que el manejo de ejemplares y poblaciones exóticos solo se podrá llevar a cabo cuando se garantice la seguridad de la sociedad civil y trato digno y respetuoso hacia los ejemplares, siempre y cuando se cuente con un plan de manejo aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Las personas que posean algún o algunos ejemplares exóticos, como mascota o animal de compañía, deberán de contar con autorización expresa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Establecer la obligación para que las colecciones científicas y museográficas públicas o privadas, los zoológicos, espectáculos públicos fijos o itinerantes y circos que manejen especímenes de especie silvestre, cuenten con un plan de manejo aprobado por la Secretaría, y además deberán registrar y actualizar sus datos cada año ante la autoridad correspondiente. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN) el 14 de febrero de 2013.

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM) el 20 de marzo de 2013.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 01 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida el 03 de octubre de 2013.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 21 de noviembre de 2013. Aprobado en lo general y en lo particular por 371 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013.