EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que expide la Ley General del Servicio Profesional Docente


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
1-Septiembre-2013
Gaceta Cámara de Senadores:
3-Septiembre-2013
- Educación Pública y Servicios Educativos


1-Septiembre-2013

Aprobación en el Senado:
3-Septiembre-2013

Publicación en el DOF:
11-Septiembre-2013
Crear un ordenamiento jurídico, reglamentario de la fracción III del artículo 3o. de la Constitución, que tenga por objeto regular el servicio profesional docente en la educación básica y media superior; establecer los perfiles, parámetros e indicadores del servicio profesional docente; regular los derechos, obligaciones y sanciones derivados de dicho servicio; asegurar la transparencia y rendición de cuentas en el servicio. Establecer los criterios, términos y condiciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio. Delimitar las atribuciones en la materia del Instituto Nacional para la Educación de la Evaluación, de las autoridades educativas locales, de los organismos descentralizados y de la Secretaría de Educación Pública. Establecer los propósitos del servicio profesional docente, como son: mejorar la calidad de la educación; mejorar la práctica profesional mediante la evaluación en las escuelas; asegurar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal docente, entre otros. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 14 de agosto de 2013.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 01 de septiembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 390 votos en pro, 69 en contra y 4 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013, se turnó a las Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2013. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 94 votos a favor y 27 en contra.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013.