EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que adiciona un artículo 29 bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Vivienda Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 11-Febrero-2014 Gaceta Cámara de Senadores: 23-Abril-2015 |
- Vivienda 11-Febrero-2014 Aprobación en el Senado: 23-Abril-2015 Publicación en el DOF: 4-Junio-2015 |
Establecer la responsabilidad solidaria del patrón e intermediario laboral o contratista en la contratación de trabajadores y el cumplimiento de las obligaciones laborales; considerar patrones a las empresas contratistas establecidas que presten servicios con sus trabajadores a otras, para su ejecución con elementos propios y suficientes para el cumplimiento de las obligaciones; el beneficiario de los trabajos o servicios asumirá las obligaciones en relación con los trabajadores, cuando el patrón contratista incumpla sus obligaciones y no atendiera el requerimiento del Instituto. Comunicar trimestralmente ante la delegación de recaudación de las empresas contratantes y contratistas los contratos celebrados en ese periodo, la información respecto de las partes del contrato y las condiciones contractuales; cuando se presten los servicios o trabajos en varios centros de trabajo en diferentes delegaciones recaudadoras, la información se presentará ante la delegación recaudadora correspondiente al domicilio fiscal. Incorporar en el sistema de cómputo autorizado por el Instituto el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados. | 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ossiel Omar Niaves López, a nombre propio y de los Dips. Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez y Patricio Flores Sandoval (PRI), el 7 de agosto de 2013. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 11 de febrero de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por 442 votos a favor. 3. Pasa a la Cámara de Senadores, para los efectos constitucionales. 4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de febrero de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Vivienda y de Estudios Legislativos Segunda. 5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 abril de 2015. Aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor. 6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 7. Publicación en el Diario Oficial de la Federacion 04 de junio de 2015. |