MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia penal, se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Septiembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2014
Crear un ordenamiento jurídico con objeto de establecer los principios, bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal que conduzcan a las Soluciones Alternas previstas en la legislación procedimental penal aplicable.
Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referidos a un hecho delictivo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 2-Diciembre-2014


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 06 de marzo de 2014. (LXII Legislatura).

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda, presentado el 03 de septiembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de septiembre 2014.

4. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 02 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor, 15 en contra y 2 abstenciones.

5. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2014.
2  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Septiembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Derechos de la Niñez
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 30-Septiembre-2014
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de:

I. Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; en los términos que establece el artículo lo. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte;

III. Crear y regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a efecto de que el Estado cumpla con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido vulnerados;

IV. Establecer los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, así como las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y la actuación de los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos constitucionales autónomos, y

V. Establecer las bases generales para la participación de los sectores privado y social en las acciones tendentes a garantizar la protección y el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como a prevenir su vulneración.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Octubre-2014


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa para trámite preferente enviada por el Ejecutivo Federal y recibida por el Congreso de la Unión el 01 de septiembre de 2014, se remitió a la Cámara de Senadores.

2. Iniciativa para trámite preferente recibida en la Cámara de Senadores el 01 de septiembre de 2014.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 100 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de septiembre de 2014.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de octubre de 2014. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 420 votos a favor, 1 en contra y 10 abstenciones

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de octubre de 2014, se turnó a las Comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, de Atención a Grupos Vulnerables para la Igualdad de Género, de Educación, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Segunda.

9. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 06 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones.

10. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre de 2014.
3  Proyecto de decreto que reforma los artículos 2; 6, fracción IV; 19, fracción XVII; 43, segundo párrafo; 71, primer párrafo y 78, segundo párrafo; y adiciona las fracciones IV y V al artículo 4, recorriéndose las subsecuentes de la Ley de Vivienda.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Octubre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Vivienda
Publicación en Gaceta: 22-Octubre-2014
Incluir los conceptos de espacios habitables y auxiliares como indispensables para garantizar una mejor calidad de vida, para aquellos que siendo beneficiarios de créditos para vivienda de interés social, adquieran una que reúna las condiciones mínimas de calidad que permitan una sana convivencia familiar. Adecuar la referencia que se hace a la Ley de Información, sustituyéndola por la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Así como actualizar el cambio de denominación de la Secretaría de la Reforma Agraria, por el de Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Marzo-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Isaías González Cuevas (PRI) el 24 de abril de 2013. (LXII Legislatura).

2. Dictamen de primera lectura presentado el 07 de octubre de 2014. (LXII Legislatura).

3. Dictamen a discusión presentado el 16 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de octubre de 2014.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 10 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 363 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 2015.
4  Proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 9o. de la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Octubre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Cambio Climático
Publicación en Gaceta: 22-Octubre-2014
Facultar a los municipios para formular, conducir y evaluar sus políticas de cambio climático atendiendo a la problemática regional compartida con uno o más municipios y formular e instrumentar políticas y acciones en diversas materias que sirvan para enfrentar este problema en congruencia con la región o cuenca en la que se encuentre.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Marzo-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Silvia Guadalupe Garza Galvan (PAN) el 13 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura).

2. Dictamen de primera lectura presentado el 02 de octubre de 2014. (LXII Legislatura).

3. Dictamen a discusión presentado el 16 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura).

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de octubre de 2014.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 02 de abril 2015.
5  Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 22-Octubre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 22-Octubre-2014
Incorporar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano al Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y para coordinar acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de hombres y mujeres en materia agraria. Adiciona la ¿Sección Séptima. De la Secretaría del Trabajo y Previsión Social¿ y la ¿Sección Octava. Establecer que corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario delinear con visión transversal la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en las comunidades agrarias y ejidos, incluyendo a las de origen étnico. Fomentar la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres que habitan en zonas rurales, incluyendo las de origen étnico; diseñar y difundir materiales que promuevan la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en los ejidos y comunidades agrarias; tomar medidas y realizar las acciones necesarias, en coordinación con las demás autoridades, para alcanzar los objetivos previstos en la ley.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Dip. Ossiel Omar Niaves López (PRI) a nombre propio y del Dip. José Rubén Escajeda Jiménez (PRI), el 26 de octubre de 2012. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 07 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 12 de marzo de 2013. (LXII Legislatura). Proyecto de decreto aprobado por 441 votos. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de primera lectura presentado el 14 de octubre de 2014. (LXII Legislatura).

6. Dictamen a discusión presentado el 16 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de octubre de 2014.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 341 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federacion 04 de junio de 2015.
6  Proyecto de decreto que reforma el artículo 203 del Código Penal Federal. para los efectos de la fracción d) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 23-Octubre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2014
PRIMERO.- Se desecha totalmente la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reformaría el artículo 203 del Código Penal Federal.

SEGUNDO.- Devuélvase la Minuta a la Cámara de Diputados para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72, fracción D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Humberto López-Portillo Basave (PRI) el 09 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad el 29 de abril de 2011 (LXI Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 08 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 339 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)

5. Dictamen a discusión en sentido negativo presentado el 21 de octubre de 2014. Acuerdo aprobado por 102 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

6. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de octubre de 2014.
7  Proyecto de decreto que reforma los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 28-Octubre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 28-Octubre-2014
Instituir la obligación a la Federación y a las entidades federativas, para que establezcan en el ámbito de sus competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Establecer que este Sistema deberá garantizar los derechos fundamentales que reconoce la Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes. Incluir que las personas menores de doce años a quienes se atribuya que han cometido o participado en un hecho que la ley señale como delito, solo podrán ser sujetos de asistencia social. Establecer que el proceso en materia de justicia para adolescentes será acusatorio y oral, en el que se deberá observar la garantía del debido proceso legal, así como la independencia entre las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan las medidas. Éstas deberán ser proporcionales al hecho realizado y tendrán como fin la reinserción y la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades. Facultar al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 21-Abril-2014


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas.
Iniciativa suscrita por el Sen. Raúl Gracia Guzmán (PAN) el 07 de marzo de 2013. (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 03 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por los Senadores Angélica de la Peña Gómez (PRD), Arely Gómez González e Hilda Flores Escalera (PRI) y el Sen. Roberto Gil Zuarth (PAN) el 25 de marzo de 2014 (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI) el 23 de julio de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 16 de octubre de 2014 (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 21 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos a favor, 6 votos en contra y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2014.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 21 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 398 votos a favor y 2 abstenciones.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los Estados en sesión de la Comisión Permanente del 03 de junio de 2015.

8. Se Remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 02 de julio de 2015.
8  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Octubre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Tramites
Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2014
En el ejercicio fiscal de 2015 se estima que la Federación percibirá ingresos por 4 billones 694 mil 677 millones 400 mil pesos (4,694,677.4 mdp); del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 2 billones 904 mil 11 millones 800 mil pesos (2,904,011.8 mdp); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 118 mil 70 millones 600 mil pesos (1,118,070.6 mdp).
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2014


1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 05 de septiembre del 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 427 votos a favor, 35 en contra y 1 astención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de octubre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 29 de octubre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 86 votos a favor, 25 en contra y 2 astenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2014, se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

8. Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 375 votos a favor, 35 en contra y 4 abstenciones.

9. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2014.
9  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 6-Noviembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Turismo
Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2014
Contemplar a las personas con discapacidad en el disfrute de la actividad turística.
Facultar a la Secretaria de Turismo para la prestación de servicios turísticos con accesibilidad y diseño universal que beneficien a la población con alguna discapacidad.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 24-Febrero-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas:
Iniciativa suscrita por la Sen. Hilda Esthela Flores Escalera (PRI), el 28 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Sen. Hilda Esthela Flores Escalera (PRI), el 22 de enero de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 23 de octubre de 2014 (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 04 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos a favor, 6 votos en contra y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 06 de noviembre de 2014.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 24 de Febrero de 2015 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
10  Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 4 de la Ley General de Turismo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 11-Noviembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Turismo
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2014
Incluir como atribución del Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Turismo, el de coadyuvar a la aplicación de los instrumentos de cambio climático en materia de turismo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Marzo-2015


Proceso Legislativo:

1, Iniciativa suscrita por la Sen. Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN) el 18 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 23 de octubre de 2014 (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 06 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de noviembre de 2014.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 2015.
11  Proyecto de decreto por el que se adiciona la Fracción IX al artículo 30 de la Ley de Vivienda.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Noviembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Vivienda
Publicación en Gaceta: 13-Noviembre-2014
Incluir dentro de los integrantes del Consejo Nacional de Vivienda a los representantes de los sectores laborales y organizaciones sindicales.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 15-Diciembre-2016


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Sen. Benjamín Robles Montoya (PRD), el 20 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de noviembre de 2014 (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado el 11 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 97 votos a favor. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de noviembre de 2014.

5.- Iniciativa considerada en el dictamen por el que adiciona la fracción IX al artículo 30 de la Ley de Vivienda.

6.- Devuelto por la Mesa Directiva a comisión el 18 de mayo de 2015.

7. Dictamen en sentido negativo aprobado en votación económica en sesión ordinaria del 15 de Diciembre de 2016.

8. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
12  Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2, 6, 8 y 71 de la Ley de Vivienda.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Noviembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Vivienda
Publicación en Gaceta: 13-Noviembre-2014
Incluir como elementos de una vivienda digna y decorosa los criterios de riesgo de desastres y su prevención. Establecer que la política nacional de vivienda promueva oportunidades de acceso a la vivienda también para la población que se encuentre en situación de riesgo, asimismo que la Comisión Nacional de Vivienda garantice la seguridad del terreno y zona donde se ubican las viviendas.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por los Sens. Mónica Arriola Gordillo (NA), Omar Fayad Meneses y Joel Ayala Almeida (PRI) el 18 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 06 de noviembre de 2014 (LXII Legislatura)

4. Dictamen a discusión presentado el 11 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos a favor. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de noviembre de 2014.
13  Proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 4-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Asuntos Indígenas
- Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2014
Establecer que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas coadyuve con el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y dar seguimiento a las acciones de las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales para la prevención, protección, sanción y erradicación de todas las formas de discriminación cometidas contra las mujeres y niñas indígenas. Incluir al titular del Instituto Nacional de las Mujeres en la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Octubre-2016


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Isidro Pedraza Chávez (PRD) a nombre propio y de los Senadores Angélica de la Peña Gómez (PRD), Eviel Pérez Magaña (PRI), Juana Leticia Herrera Ale (PRI) y Teófilo Torres Corzo (PRI), el 28 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión del 02 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de diciembre de 2014.

4.- Iniciativa considerada en el dictamen por el que adiciona una fracción XIX al artículo 2, recorriéndose las subsecuentes, una fracción V al artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y adiciona una fracción XII al artículo 36 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
14  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 8 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para los efectos de la Fracción E del Artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 4-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Transparencia y Anticorrupción
Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2014
Establecer que la Secretaría de Economía dictará las reglas derivadas de programas que tengan por objeto promover la participación de empresas nacionales, así como las sociedades cooperativas y las demás formas de organización social que conforman el sector social de la economía, de acuerdo a los establecido en la Ley de la Economía Social y Solidaria, en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 29-Abril-2016


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Alberto Benavides Castañeda (PT), el 26 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 22 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 18 de septiembre de 2014. Proyecto de Decreto aprobado por 340 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.(LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 27 de noviembre de 2014 (LXII Legislatura).

6. Dictamen a discusión del 02 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de diciembre de 2014.

8. Dictamen en sentido negativo aprobado en votación económica en sesión ordinaria del 29 de Abril de 2016.

9. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos Segunda.
15  Proyecto de decreto que adiciona la fracción VI al artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2014
Establecer en la Ley que Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que tendrá entre otras de sus funciones, la de impulsar ante las entidades federativas el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público.

Facultar a ese organismo para que mediante convenios con la Administración Pública Federal y los gobiernos estatales y municipales coadyuve en el ámbito productivo a resolver necesidades de las comunidades y pueblos indígenas en materia de asistencia técnica, capacitación especializada, asistencia administrativa contable y gastos de operación, con el propósito de fortalecer las iniciativas productivas que surjan desde sus propias aspiraciones y vocación.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 21-Abril-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. René Juárez Cisneros (PRI) el 07 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 02 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 04 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de diciembre de 2014.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 21 de Abril de 2015 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos.
16  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Turismo
Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2014
Establecer que los Municipios, Estados y el Distrito Federal, coadyuven con la Secretaría de Educación Pública en la conservación y protección de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que conforman el patrimonio cultural de la Nación, a través de la elaboración y ejecución de planes y programas turísticos que fomenten la protección y conservación de los mismos. Se asigna a los Estados y al Distrito Federal, la atribución de ejecutar los programas y planes turísticos que fomenten la protección y conservación del patrimonio cultural. En tanto que le corresponde a los Municipios, la atribución de participar en la ejecución de planes y programas turísticos que fomenten la protección y conservación del patrimonio cultural de la Nación. Establecer que la Secretaría de Turismo, en conjunto con la Secretaría de Educación Pública, promoverá programas que difundan la importancia de respetar y conservar los atractivos turísticos y el patrimonio cultural de la Nación, así como mostrar un espíritu de servicio, hospitalidad hacía el turista nacional y extranjero.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 24-Febrero-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Félix González Canto (PRI), Martha Elena García Gómez (PAN), Luz María Beristáin Navarrete (PRD), Isaías González Cuevas (PRI), Angélica del Rosario Araujo Lara (PRI), Manuel Humberto Cota Jiménez (PRI), Roberto Armando Albores Gleason (PRI), Fernando Torres Graciano (PAN), Daniel Gabriel Ávila Ruiz (PAN), Armando Ríos Piter (PRD) y Luis Armando Melgar Bravo (PVEM), el 28 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 19 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 04 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de diciembre de 2014.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 24 de Febrero de 2015 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
17  Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Turismo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Turismo
Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2014
Establecer al Atlas Turístico de México como una herramienta tecnológica que permite promover de manera eficaz, sencilla y útil la oferta turística a lo largo de nuestro país, siendo actualizado este permanentemente y se realicen las acciones conducentes para su plena difusión.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 24-Febrero-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Félix González Canto (PRI), a nombre propio y de los Senadores integrantes de la Comisión de Turismo, el 28 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 04 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 04 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de diciembre de 2014.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 24 de Febrero de 2015 en votación económica.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.
18  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 10-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 10-Diciembre-2014
Prohibir el uso de ejemplares de vida silvestre en circos. Sancionar con el equivalente de cincuenta a cincuenta mil veces el salario mínimo a quien realice actos que contravengan las disposiciones de conservación de vida silvestre fuera del hábitat natural.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 11-Diciembre-2014


Proceso Legislativo:

1. Dos iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores por el Senador Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 11 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 04 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos, 1 en contra y 2 abstenciones. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2014.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 267 votos a favor, 66 en contra y 40 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de enero de 2015.
19  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; del Código Penal Federal; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal; de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de Defensoría Pública, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley de Instituciones de Crédito.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 10-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2014
Implementar un sistema acusatorio y oral, de tal forma que se adecuan diversos ordenamientos que coadyuven a mejorar la operación y funcionamiento del sistema procesal penal acusatorio.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Abril-2016


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Arely Gómez González y Roberto Gil Zuarth (PAN), el 21 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presnetado en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 403 votos a favor y 24 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de senadores los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.
20  Proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 11-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Educación Pública y Servicios Educativos
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2014
Promover criterios de accesibilidad universal a personas con discapacidad, en lo relativo a obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
Considerar también a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y sus criterios, en la planeación de las obras públicas y de los servicios relacionados con las mismas.
Estado Actual:
Desechada

con fecha 29-Abril-2016


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras Hilda Esthela Flores Escalera, Angélica del Rosario Araujo Lara, Juana Leticia Herrera Ale, Lisbeth Hernández Lecona, Margarita Flores Sánchez, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Mely Romero Celis e Ivonne Liliana Álvarez (PRI) el 12 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 02 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2014.

5. Dictamen en sentido negativo aprobado en votación económica en sesión ordinaria del 29 de Abril de 2016.

6. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Segunda.
21  Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 11-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Cambio Climático
Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2014
La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático deberá difundir sus trabajos y resultados, así como publicar en el mes de septiembre un informe anual de actividades en una página de Internet. Igualmente incluir en esa página las acciones que se llevaron a cabo con recursos del Fondo para el Cambio Climático y los recursos que anualmente se asignan en el Presupuesto de Egresos de la Federación a las dependencias que integran la Comisión para cumplir con las obligaciones de esta Ley y la forma en que se ejercieron.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 26-Marzo-2015


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas.
Iniciativa presentada por la Dip. Yesenia Nolasco Ramírez (PRD) el 18 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por los Dips. Ramón Antonio Sampayo Ortiz y Sergio Augusto Chan Lugo (PAN) el 29 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Rodrigo Chávez Contreras (MC) el 26 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 18 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 13 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 391 votos. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de Primera Lectura del 02 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura)

6. Dictamen a discusión del 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 100 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2014.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 26 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 327 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo de 2015.
22  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Tramites
Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2014
Establecer que el Estado, garantizará la eficiencia operativa en la prestación del servicio público de transporte ferroviario; incorporar a nivel de ley, las definiciones de interconexión, derecho de paso y derecho de arrastre, así como la creación de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario y el Fondo Nacional de Seguridad de Cruces Ferroviarios, como órgano desconcentrado de la SCT; precisar que las denuncias y querellas relacionadas con presuntos delitos que afecten el servicio público de transporte ferroviario son de carácter federal, facultar a la nueva Agencia para garantizar la interconexión en las vías férreas cuando sean vías generales de comunicación, así como las condiciones y contraprestaciones en los casos en que los concesionarios no lleguen a un acuerdo, además de fijar las bases de regulación tarifaria cuando no existan condiciones de competencia efectiva; facultar a la SCT para garantizar, en las bases de licitación y en los títulos de concesión respectivos, los concesionarios se otorguen mutuamente los servicios de interconexión y de terminal; y fijar los alcances del Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Ferroviarios.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Diciembre-2014


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas:
Iniciativa suscrita por los Dips. Abel Guerra Garza y Fernando Alfredo Maldonado Hernández (PRI) el 13 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Dip. Esther Quintana Salinas (PAN) el 02 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 11 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 04 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 354 votos a favor, 36 en contra y 9 abstenciones. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de primera lectura del 11 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

6. Dictamen a discusión del 14 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 69 votos a favor y 31 votos en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura).

7. Minuta Recibida en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2014, se le dispensarón todos los trámites y sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 339 votos a favor, 35 en contra y 9 abstenciones

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2015.
23  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Tramites
Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2014
Precisar la definición de ¿prestadores de servicios¿, establecer el país donde se encuentran los centros de capacitación y talleres aeronáuticos extranjeros que cumplen con los estándares y métodos recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional y/o Administración Federal de Aviación; modificar la redacción relacionada con los permisionarios nacionales o extranjeros que utilicen aeronaves extranjeras no autorizadas; y definir el concepto de -base fija de operaciones-, en sustitución de ¿operadores de base fija¿.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Diciembre-2014


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan Manuel Carbajal Hernández (PRI) el 30 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 18 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a discusión del 01 de octubre de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 429 votos a favor. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXII Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

5. Dictamen de primera lectura del 11 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

6. Dictamen a discusión del 14 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 92 votos a favor, 7 votos en contra y una abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura).

7. Minuta Recibida en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2014, se le dispensarón todos los trámites y sometio a discusión y votación de inmediato.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor y 4 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2015.