INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el párrafo octavo del artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diversos diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Considerar como derecho de los niños y las niñas contar con una identidad, a través de su nombre, origen familiar, lugar y la fecha de nacimiento, que se hará constar en el acta de nacimiento correspondiente, la cual deberá ser universal, gratuita y oportuna. Prever como obligación de los ascendientes, tutores y custodios, registrar de forma inmediata el nacimiento de la niña o el niño. Pendiente


Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 1006 de la Ley Federal del Trabajo y los artículos 244 y 245 del Código Penal Federal, en materia de renuncias en blanco.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios PRD, MC y PT
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Justicia
Ley Federal del Trabajo: Establecer que queda prohibido obligar a los trabajadores a firmar documentos en blanco, o sin fecha determinada, o documento que implique renuncia de derechos o imponga obligaciones al trabajador. Facultar al trabajador para acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o ante las oficinas de la Inspección del Trabajo local o federal a denunciar cuando sea obligado a la firma de documento en blanco o sin fecha determinada. Obligar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o la Inspección del Trabajo local o federal conservar en secreto dicha denuncia para el caso de que fuere necesario aportarla como elemento probatorio preconstituido. Añadir a los requisitos de validez de los convenios o liquidaciones, que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores, o que no exista una denuncia en ese sentido. Facultar a la Junta de Conciliación y Arbitraje a realizará las pruebas grafotécnicas idóneas para determinar la validez del convenio o liquidación previo a su ratificación. Considerar documentos falsos aquellos que, a petición del patrón, hayan sido firmados en blanco o sin fecha determinada por el trabajador.
Código Penal Federal: Incluir en la tipificación del delito de falsificación de documentos, cuando se aproveche indebidamente una firma o rúbrica en blanco ajena, que pueda comprometer el empleo de otra persona.
Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
3   Proyecto de decreto que reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la Ley General de Educación; se crea la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y se crea la Ley General del Servicio Profesional Docente.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

De los Senadores y Diputados del Grupo Parlamentario del PRD
Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Ley General de Educación. Establecer la prohibición de condicionar la prestación de los servicios educativos a cargo del Estado a la entrega de cualquier tipo de contraprestación en numerario, bienes o servicios. Suprimir al Consejo Nacional Técnico de la Educación del sistema educativo nacional. Crear el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y el Sistema Nacional de Información y Gestión Educativa, e incorporarlos al sistema educativo nacional. Eliminar la atribución de la autoridad educativa federal de realizar en forma periódica, exámenes de evaluación para certificar a educadores y autoridades educativas. Adicionar como atribución de las autoridades federal y locales de manera concurrente, establecer escuelas de tiempo completo; regular el Servicio Profesional Docente; y realizar las inspecciones que estimen convenientes a los planteles educativos, entre otras. Establecer que las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán los institutos de profesionalización docente. Crear el Servicio Profesional Docente que deberá garantizar la debida transparencia y objetividad en la evaluación de los méritos, e idoneneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. Facultar a la Secretaría de Educación Pública para establecer los lineamientos p expendio y distribución de los alimentos y bebidas dentro de las escuelas. Crear el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con el objeto de coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, así como de evaluar la calidad, el desempeño y los resultados de éste. Establecer como objetivo del Sistema Nacional de Evaluación Educativa contribuir a garantizar la calidad de los servicios educativos prestados por el Estado. Establecer que en ningún caso, la prestación de servicios educativos podrá ser condicionada a la entrega de aportaciones o cuotas. Considerar como infracciones de quienes prestan servicios educativos, realizar o permitir cualquier acto que condicione el acceso a los servicios educativos a cambio de la entrega de aportaciones o cuotas; y el incumplir con las medidas correctivas derivadas de las visitas de inspección.
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y los mecanismos de participación social en materia de evaluación educativa. Establecer los principios para la observancia y aplicación de la presente Ley. Establecer los fines del Sistema Nacional de Evaluación Educativa, así como los elementos que lo integran. Establecer las obligaciones de las autoridades escolares. Prever la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación Educativa. Establecer el objeto y atribuciones del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Ley General del Servicio Profesional Docente. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer los principios y fines del Servicio Profesional Docente; definir los sujetos del Servicio Profesional Docente; y determinar la estructura y funcionamiento del Servicio Profesional Docente, entre otros. Establecer la distribución de competencias de las autoridades educativas federal y locales. Regular el ingreso, formación, evaluación, promoción y permanencia en el Sistema. Establecer los perfiles requeridos en la educación básica y media superior. Crear el Instituto Nacional del Servicio Profesional Docente, con el objeto de coordinar y ser el responsable de la implementación de los procesos que conforman el Servicio Profesional Docente y coadyuvar a mejorar el desempeño profesional de los sujetos de este servicio. Establecer la estructura del Instituto Nacional del Servicio Profesional Docente.
Desechada
con fecha 18-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013