INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 58 y 85 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en materia de fomento de plantaciones comerciales.


Proponente: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI)

A nombre propio y de los diputados Jorge Herrera Delgado, Sonia Catalina Mercado Gallegos, Alma Marina Vitela Rodríguez, José Rubén Escajeda Jiménez y Lourdes Eulalia Quiñones Canales (PRI)
Fecha de presentación: 13-Mayo-2014

  - Agricultura y Sistemas de Riego
Establecer que en las superficies de terrenos preferentemente forestales podrán realizarse plantaciones forestales comerciales con especies nativas de la región ecológica e incorporarse a los programas de manejo forestal para aprovechamientos maderables. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Mayo-2014
2   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Salgado Peña Abel Octavio (PRI)

A nombre propio y del Dip. Francisco Grajales Palacios (PRI)
Fecha de presentación: 13-Mayo-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer el tiempo efectivo de servicio de los trabajadores trenistas; el tiempo mínimo de descanso entre jornada y jornada; las obligaciones de los patrones y las de los trabajadores trenistas Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Mayo-2014
3   Proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción I ter al artículo 14 de la Ley General de Educación.


Proponente: Moreno Cárdenas Rafael Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 13-Mayo-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente otorgar uniformes escolares gratuitos, a las niñas y los niños inscritos en las escuelas públicas del país, en los niveles de preescolar, primaria y secundaria. Señalar que para esos efectos, se considerará a los alumnos inscritos en el nivel preescolar, los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) y Estancias Infantiles dependientes de los Gobiernos locales, así como a los alumnos de educación especial inscritos en los Centros de Atención Múltiple (CAM), las Unidades de Servicios de Apoyo a la Escuela Regular (USAER) y los Centros de Recursos, Información e Innovación para la integración Educativa (CRIE). Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Mayo-2014
4   Proyecto de decreto que reforma la fracción XXXI del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)

A nombre propio y de diversos diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI, PVEM y NA
Fecha de presentación: 21-Mayo-2014

  - Gobernación
Incluir en las atribuciones de la Comisión de Administración, determinar, en su caso, el haber de retiro de los Magistrados de la Sala Superior, exclusivamente por lo que hace a los dos años siguientes a la fecha de su retiro. Precisar que los Magistrados de la Sala Superior que con posterioridad a la conclusión de su encargo y dentro de los citados dos años ocupen un cargo público, no tendrán el citado derecho. Aprobada
con fecha 19-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 26-Mayo-2014
5   Proyecto de decreto por el que se reforman el numeral 1 del artículo 148, la XV del artículo 150 y la fracción VIII del artículo 151 y se adiciona un numeral 2 al artículo 151, todo ello del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados Luis Armando Córdova Díaz, Leobardo Alcalá Padilla y Abel Octavio Salgado Peña (PRI)
Fecha de presentación: 21-Mayo-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Reglamentar la función de Secretario Técnico de comisiones o comités. Establecer que el nombramiento de éste, será a propuesta del Presidente de la Junta Directiva. Establecer que el Secretario Técnico y los asesores parlamentarios deberán reunir el perfil del conocimiento requerido para cada tema. Establecer las tareas y atribuciones del Secretario Técnico. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 26-Mayo-2014
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Alcalá Padilla Leobardo (PRI)

A nombre propio y de la Dip. Rocío Adriana Abreu Artiñano (PRI)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Atención a Grupos Vulnerables
Adicionar que la capacitación y financiamiento para el autoempleo de los adultos mayores que corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, será a través de sociedades cooperativas y en general la organización social para el trabajo digno, productivo y socialmente útil de las personas adultas mayores. Desechada
con fecha 23-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
7   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 48 Bis a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.


Proponente: Ruíz Gutiérrez Adán David (PRI)


Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Transparencia y Anticorrupción
Establecer que al momento de la firma de contratos, las partes deberán garantizar a tener entre su plantilla laboral durante la ejecución de la obra, a por lo menos un 10% de mujeres y hombres que se ubiquen entre los 15 y los 29 años de edad. Desechada
con fecha 9-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
8   Proyecto de decreto que reforma el párrafo quinto del artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados Héctor Gutiérrez de la Garza y Manuel Añorve Baños (PRI)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Gobernación
Establecer como infracción grave el incumplimiento a la obligación de abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión del contrato o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas con quienes tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 29-Mayo-2014
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Educación y de la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, en materia de acoso y violencia escolar.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados José Alejandro Montano Guzmán, Manuel Añorve Baños, Abel Octavio Salgado Peña y Leobardo Alcalá Padilla (PRI)
Fecha de presentación: 4-Junio-2014

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Justicia
- Educación Pública y Servicios Educativos
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Establecer que la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; vigilando en todo momento el derecho de los alumnos a estar seguros en las instalaciones educativas, libres de acoso y violencia escolar.

En la Ley General de Educación: Asentar que todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad, contar con seguridad dentro del plantel educativo y estar libre de acoso y violencia escolar. Asentar como una obligación de quienes ejercen la patria potestad o la tutela responsabilizarse de los daños que puedan ejercer sus hijas, hijos o pupilos, en sanciones por acoso y violencia escolar, que impartan las autoridades correspondientes. Indicar como parte del objeto de las Asociaciones de padres de familia el informar a las autoridades competentes para que estos remitan a los padres o tutores de las hijas, hijos o pupilos, responsables de actos de acoso y violencia escolar ante las instancias correspondientes, a fin de resarcir los daños ocasionados a la víctima o victimas de acuerdo con la Ley. Regular como infracción de quienes prestan servicios educativos, el evadir y no presentar quejas ante las autoridades correspondientes o no actuar oportunamente en situaciones de acoso y violencia escolar, por parte de la institución educativa o personal que labore dentro de la misma.

En la Ley Federal de Justicia para los Adolescentes: Incluir dentro de la medida de reparación del daño, en el caso de los hechos que se cometan derivados del acoso y violencia escolar, los padres o tutores del menor infractor estarán obligados a la reparación del daño consistente en la cobertura total de los gastos médicos y psicológicos que se generen para la atención de la víctima, en el caso de fallecimiento de la víctima por causas de acoso y violencia escolar los padres o tutores del menor infractor estarán obligados al pago de los gastos funerarios e indemnización que corresponda; el menor infractor que cometa actos de acoso y violencia escolar deberá cumplir un periodo de 6 meses de prestación de servicios a favor de la comunidad inconmutables, y el menor infractor que cometa un homicidio en perjuicio de otro menor por causa de acoso y violencia escolar, será confinado al Centro Federal de Internamiento correspondiente por un periodo de 1año a 5 años y cuando ocurra la revisión del caso se deberá de tomar en cuenta la opinión de los padres o tutores del menor que hubiere perdido la vida.
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 12-Junio-2014
10   Proyecto de decreto que reforma las fracciones V del artículo 20 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y IX del artículo 15 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.


Proponente: Córdova Díaz Luis Armando (PRI)

Presentada por el Dip. Dip. Abel Octavio Salgado Peña (PRI)
Fecha de presentación: 4-Junio-2014

  - Seguridad Pública
Facultar al Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana para realizar en coordinación con otras instituciones encuestas nacionales de victimización anuales en hogares, que serán tomadas para el diseño de políticas de prevención y para participar en la elaboración del Programa Nacional de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia. Retirada


Publicación en Gaceta: 11-Junio-2014
11   Proyecto de decreto que adiciona una fracción XIV al artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)


Fecha de presentación: 11-Junio-2014

  - Hacienda y Crédito Público
Autorizar la deducibilidad del 100% en las inversiones para maquinaria y equipo de saneamiento y tratamiento de aguas residuales, provenientes de procesos industriales. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 18-Junio-2014
12   Proyecto de decreto que adiciona el título séptimo, "De la técnica legislativa", y los artículos 145 a 159 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Córdova Díaz Luis Armando (PRI)


Fecha de presentación: 11-Junio-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Definir el concepto de ¿técnica legislativa¿ para efectos del título que se pretende agregar. Establecer reglas, lineamientos, y formalidades para los documentos legislativos como iniciativas, proposiciones, posicionamientos, votos particulares, opiniones, dictámenes y proyectos de decreto, que sean competencia del Congreso de la Unión o de sus Cámaras; algunos de los cuales son: emitirse en lengua española, empleando las reglas ortográficas y gramaticales de la misma; expresar las cifras y cantidades en letra, con excepción de los artículos, de los años y de las notas a pie de página, que se expresarán en números; omitir tachaduras y enmendaduras; expresar los nombres completos de las personas físicas y morales, sin emplear abreviaturas o siglas; y estar debidamente fechados con el lugar y día en que se emite o suscribe. Señalar las reglas para la división de los textos legales en libros, títulos, capítulos y secciones. Indicar la obligatoriedad de la expresión de los artículos en números. Indicar la división de artículos en Apartados; los aparatados en numerales; los numerales en fracciones; las fracciones en incisos; los incisos en sub-incisos; estos en párrafos y en todos los casos tener un orden de numeración consecutivo.
Estatuir la obligatoriedad de realizar el ¿efecto espejo¿ o la adecuación de los conceptos en las demás leyes que se requieran adecuar. Obligar a que las iniciativas y los dictámenes contengan un régimen de transitoriedad y señalar ciertas reglas para ello. Señalar la obligación de que los documentos legislativos estén fundados y motivados. Asentar la obligación de que las encuestas y otros instrumentos que realicen los diputados federales y senadores de la República deban tener una base metodológica adecuada, conforme a las disposiciones técnicas de la o las ciencias sociales a emplear para su desarrollo.
Retirada


Publicación en Gaceta: 18-Junio-2014
13   Proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Córdova Díaz Luis Armando (PRI)

Presentada por el Dip. Francisco González Vargas (PRI)
Fecha de presentación: 18-Junio-2014

  - Puntos Constitucionales
Facultar a las autoridades federales para conocer de delitos del fuero común cuando en su comisión participen los miembros de la delincuencia organizada a fin de frenar la expansión y diversificación de sus actividades delictivas en beneficio de los mexicanos, su seguridad, su vida, libertad y sus propiedades. Retirada


Publicación en Gaceta: 26-Junio-2014
14   Proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de indicadores para la identificación y medición de la pobreza.


Proponente: Montano Guzmán José Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 25-Junio-2014

  - Desarrollo Social
Eliminar el indicador de ¿Grado de accesibilidad a carretera pavimentada¿, de los criterios y lineamientos que utilice el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para la identificación y medición de la pobreza. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 2-Julio-2014
15   Proyecto de decreto que reforman los artículos 26 y 27 de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. constitucional, relativa al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)


Fecha de presentación: 25-Junio-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer como única excepción del ejercicio profesional con cédula, la actividad de los gestores en asuntos agrarios y el caso de amparos en materia penal a que se refieren los artículos 27 y 28 de esta Ley. Aprobada
con fecha 3-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2014
16   Proyecto de decreto que reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI)


Fecha de presentación: 3-Julio-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Modificar de 14 a 15 años la edad mínima para laborar. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2014
17   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, para crear el premio nacional de cultura contributiva.


Proponente: Moreno Cárdenas Rafael Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 3-Julio-2014

  - Gobernación
Establecer el premio de Cultura Contributiva para mexicanos, personas físicas o colectivas que realicen actividades sobresalientes que propicien en la ciudadanía la divulgación, el fomento y desarrollo de la Cultura Contributiva como la vía para incrementar el cumplimiento voluntario del pago de contribuciones, con el fin de mejorar el desarrollo social en la Nación, así como a aquellos ciudadanos que realicen investigaciones o estudios en materia jurídica y/o tecnologías de la información de aplicación práctica para fortalecer el Sistema de Administración Tributaria o en materia de Cultura Contributiva, con 2 categorías: Personas Físicas y Personas Jurídico-Colectivas. Determinar el premio como diploma y medalla a la que podría añadirse numerario o especie, cuyo monto determinaría el Consejo de Premiación, será entregado anualmente por el Presidente de la República y el Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Indicar que el Premio se tramita ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, quien emitiría las reglas para la integración del Consejo de Premiación correspondiente, que se constituiría por personas de reconocida calidad moral, académica o intelectual y representantes de los sectores público y privado, así como un representante de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión. Aprobada
con fecha 6-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2014
18   Proyecto de decreto que reforma los artículos 5, 22, 22 Bis y 23, 174, 175 Bis, 176, 362 y 988 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 35 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Nava Gómez José Everardo (PRI)


Fecha de presentación: 7-Julio-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Modificar la edad mínima legal para permitir el trabajo de menores de 14 a 15 años. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 17-Julio-2014
19   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 578 y 585 del Código Federal de Procedimientos Civiles y el artículo 17 bis de la Ley General de Salud.


Proponente: García Fernández María de las Nieves (PRI)

A nombre propio y del Dip. Williams Ochoa Gallegos (PRI)
Fecha de presentación: 16-Julio-2014

  - Justicia
Facultar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para iniciar las acciones que procedan ante las autoridades competentes cuando conozca de actos, hechos u omisiones que constituyan violaciones a la legislación sanitaria. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2014
20   Proyecto de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Proponente: Arellano Guzmán Salvador (PRI)


Fecha de presentación: 16-Julio-2014

  - Seguridad Social
Establecer que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado otorgará créditos en pesos o en salarios mínimos, conforme a las reglas que al efecto determine su Junta Directiva, previendo las medidas necesarias para preservar la estabilidad financiera del Instituto y se cubran los riesgos de su cartera de créditos. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2014
21   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de atención obstétrica y prevención de violencia obstétrica.


Proponente: Salgado Peña Abel Octavio (PRI)


Fecha de presentación: 23-Julio-2014

  - Igualdad de Género
En la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: Definir la violencia obstétrica como toda conducta u omisión que tenga como consecuencia la pérdida de autonomía y capacidad de la mujer para decidir libremente sobre su cuerpo y sexualidad; la imposición de métodos anticonceptivos sin mediar consentimiento de la mujer, la práctica del parto por vía cesárea, existiendo la posibilidad para efectuar el parto natural y sin haber obtenido la renuncia voluntaria, expresa e informada de la mujer a esta posibilidad.

En la Ley General de Salud: Incorporar a las acciones de atención materno-infantil prioritarias la atención integral de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio, incluyendo la atención psicológica que requiera, que deberá estar ordenada por los principios de calidad, humanismo médico y trato humanitario, mínima medicación, consentimiento informado, multidisciplinariedad, privacidad, dignidad y confidencialidad.

En la Ley del Seguro Social: Indicar que en los casos de urgencia médica, así calificada por los protocolos que establezca la Secretaría de Salud, en coordinación con el Instituto, la atención deberá ser inmediata en las instalaciones en que se presente dicha urgencia, sin requerir, en este único caso, comprobar ser derechohabiente del Instituto.

En la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado: Establecer que la mujer trabajadora, la pensionada, la cónyuge del trabajador o del pensionado o, en su caso, la concubina de uno u otro, y la hija del trabajador o pensionado, soltera, menor de dieciocho años que dependa económicamente de éstos, según las condiciones del artículo siguiente, tendrán derecho a asistencia obstétrica necesaria a partir del día en que el Instituto certifique el estado de embarazo.
Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: --
22   Proyecto de decreto que reforma los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)


Fecha de presentación: 23-Julio-2014

  - Puntos Constitucionales
Establecer que la Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable cuando obren datos que establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que lo cometieron o participaron quienes tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad en el momento de su comisión, en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Las personas menores de doce años que hayan cometido o participado en la comisión de un hecho que la ley señale como delito, solo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social. Sustituir las voces ¿conducta realizada¿ por ¿hecho realizado; ¿reintegración¿ por ¿reinserción¿ y ¿conductas antisociales calificadas como graves¿ por ¿hecho que la ley señale como delito en los casos de homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.¿ Desechada (art. 89)
con fecha 17-Junio-2015



Publicación en Gaceta: --
23   Proyecto de decreto que adiciona un Título Séptimo, "De la Diplomacia Parlamentaria", a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Olvera Correa Luis (PRI)


Fecha de presentación: 23-Julio-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer la definición de la diplomacia parlamentaria, su objeto, enlistar las actividades que comprende, señalar el marco que la rige y la obligación de que las representaciones en este ámbito presenten informes de actividades. Retirada


Publicación en Gaceta: 28-Julio-2014
24   Proyecto de decreto que reforma el artículo 335 del Código Penal Federal.


Proponente: Pérez Escalante Elvia María (PRI)


Fecha de presentación: 29-Julio-2014

  - Justicia
Incorporar al delito de abandono, a las personas adultas mayores como sujetos pasivos del delito. Sustituir el concepto de niño incapaz, por el de menor incapaz. Considerar una multa de cincuenta a cien días de salario mínimo por el delito de abandono de personas. Prever que el Ministerio público pondrá al abandonado al cuidado de la institución que corresponda; y, si el sujeto activo del delito fuere ascendiente o tutor del menor, promoverá la privación de la patria potestad o de la tutela y la designación de un tutor especial. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 6-Agosto-2014
25   Proyecto de decreto que reforma los artículos 39-A, 39-B, 153-L, 153-Q, 515, 899-E; se adiciona el artículo 515 Bis de la Ley Federal del Trabajo; y se reforma el artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI)
Fecha de presentación: 6-Agosto-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Cambiar el nombre de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento para quedar como Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, así como el nombre de la Comisión Nacional de Productividad para quedar como Comité Nacional de Productividad. Transformar el nombre de las Comisiones Estatales de Productividad para quedar como Comités Estatales de Productividad. Establecer que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social realizará las investigaciones y estudios necesarios, a fin de actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y de evaluación de las incapacidades permanentes resultante de los riesgos de trabajo. Modificar Cambiar el plazo que tenía la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para expedir las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 14-Agosto-2014
26   Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Alcalá Padilla Leobardo (PRI)

A nombre propio y del Dip. Williams Ochoa Gallegos (PRI)
Fecha de presentación: 13-Agosto-2014

  - Puntos Constitucionales
Prever que las leyes generales que expida el Congreso de la Unión podrán establecer convenios de coordinación o traslado de atribuciones a los poderes locales. Dichos convenios deberán ser aprobados por la legislatura local. Desechada (art. 89)
con fecha 17-Junio-2015



Publicación en Gaceta: 15-Agosto-2014
27   Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Migración.


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2014

  - Asuntos Migratorios
Asegurar atención a los migrantes víctimas del delito cualquiera que sea su clasificación. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 26-Agosto-2014
28   Proyecto de decreto que reforma el artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.


Proponente: Córdova Díaz Luis Armando (PRI)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2014

  - Justicia
Establecer la traducción de las actuaciones que se lleven por escrito en los que una o ambas partes sean indígenas y que no supieran leer el español, con cargo a su presupuesto. Advertir a los intérpretes y traductores de lenguas originarias, en el desempeño de su función, de las penas en que incurren los falsos declarantes y sobre su obligación de traducir o interpretar fielmente lo dicho. Retirada


Publicación en Gaceta: 26-Agosto-2014