EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea la Medalla al Mérito Cívico ¿Eduardo Neri, Legisladores de 1913¿, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2001, y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico ¿Eduardo Neri, Legisladores de 1913¿.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Emisión de Monedas Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Febrero-2013
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias


21-Febrero-2013

Publicación en el DOF:
25-Febrero-2013

Establecer que la Medalla al Mérito Cívico ¿Eduardo Neri y Legisladores de 1913¿ se otorgue en cada año de ejercicio de la Legislatura, en sesión solemne a aquel ciudadano o ciudadana que se haya distinguido relevantemente, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos. Se establecen las características del anverso y reverso de la medalla. Establecer que a la persona que resulte galardonada se le otorgará una suma de dinero junto con la Medalla, que será equivalente a tres veces la dieta mensual de un diputado. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados definirá si el otorgamiento de la Medalla se realizará en sesión solemne en el Salón del Pleno del Palacio Legislativo. Facultar al Presidente de la Mesa Directiva para girar invitación a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los órganos constitucionales autónomos, para que asistan a la sesión en que se otorgue la medalla. En el primer año de ejercicio, la Medalla se entregará a más tardar en el mes de diciembre del año de ejercicio, y para el segundo y tercer año de la legislatura se entregará en el mes de octubre. Se definen los plazos para la recepción de candidaturas. Establecer que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias deberá publicar un folleto o un libro sobre la sesión solemne, ya sea mediante edición de la Cámara o coedición con otra casa editorial. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Heriberto Manuel Galindo Quiñones (PRI) el 27 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura).

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 21 de febrero de 2013. Proyecto de decreto aprobado por430 votos a favor.

3. Publiquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicado en el Diario Oficial de la Federacoón el 25 de febrero de 2013.