EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Recursos Hidraulicos (Aguas interiores - Conagua)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
9-Diciembre-2014
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Febrero-2016
- Recursos Hidráulicos


9-Diciembre-2014

Aprobación en el Senado:
25-Febrero-2016

Publicación en el DOF:
24-Marzo-2016
Establecer el concepto de ¿Aprovechamiento de paso¿, entendido como aquel realizado en cualquier actividad que no implique consumo de volúmenes de agua. Modificar el concepto de ¿Uso en Acuacultura¿, entendido como el aprovechamiento de paso de aguas nacionales en el conjunto de actividades dirigidas a la reproducción controlada, pre engorda y engorda de especies de la fauna y flora realizadas en instalaciones en aguas nacionales, por medio de técnicas de cría o cultivo, que sean susceptibles de explotación comercial, ornamental o recreativa. Modifica el orden de prelación de los usos del agua para la concesión y asignación de la explotación. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Alfonso Inzunza Montoya (PRI) el 14 de octubre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 09 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 403 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Recursos Hidráulicos y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor y 3 en contra. (LXIII Legislatura)

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2016.