EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Noviembre-2014
- Educación Pública y Servicios Educativos


25-Noviembre-2014

Incluir como objeto de la Ley General de Bibliotecas el fomentar la conservación del patrimonio documental de las diversas comunidades que conforman la Nación; el establecimiento de los criterios generales para orientar las políticas públicas en materia de desarrollo bibliotecario, y difusión del conocimiento y la cultura a través de las bibliotecas; y propiciar, fomentar y contribuir al establecimiento de servicios bibliotecarios que consoliden a la biblioteca pública como un instrumento para la difusión cultural, la conformación de la memoria de las comunidades y el progreso educativo constante. Incorporar un apartado de definiciones en el que se delimitan las voces: bibliotecarios; colecciones; ley; red; secretaría; servicios bibliotecarios y sistema. Establecer que corresponde a la Secretaría de Educación Pública proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Desarrollo Bibliotecario el cual tomará en consideración el valor estratégico de la información documental en los ámbitos nacional e internacional y deberá alinearse con los objetivos, estrategias y metas del Plan Nacional de Desarrollo y programas correspondientes. Indicar que el presupuesto asignado para el logro de los objetivos de la Ley, no podrá ser disminuido durante el ejercicio fiscal, salvo lo previsto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Herrera Delgado (PRI) el 30 de abril de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de noviembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 374 votos a favor y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de noviembre de 2014, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos.