DICTAMENES APROBADOS EN SENTIDO NEGATIVO EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO SECRETARÍA GENERAL
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Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA RESOLUTIVO PROCESO LEGISLATIVO
1   De la Tercera Comisión, la que contiene punto de acuerdo, por el que se declara atendida la proposición que exhortaba al ayuntamiento de Toluca de Lerdo y la Comisión Nacional del Agua a garantizar los recursos hídricos a los indígenas ñáhñu de San Andrés Cuexcontitlán.


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Agosto-2014
- Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas

Fecha de dictamen:
20-Agosto-2014

PRIMERO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, declara como atendido, el Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al H. Ayuntamiento de Toluca de Lerdo, Estado de México, a regularizar la explotación y aprovechamiento del agua para los habitantes indígenas de la comunidad de San Andrés Cuexcontitlán, secciones Uno, Dos y Tres, para buscar mecanismos adecuados en el suministro, atención y cobro del agua en beneficio de los indígenas hñähñu u otomíes en dicha demarcación; asimismo para exhortar respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua a evitar dar concesiones de explotación del recurso hídrico que favorezcan a empresas privadas en perjuicio del aprovechamiento de las familias indígenas hñähñu u otomíes de la comunidad de San Andrés Cuexcontitlán, secciones Uno, Dos y Tres, en el municipio de Toluca de Lerdo, Estado de México, y a cumplir sus obligaciones para favorecer los derechos humanos de sus habitantes, de acuerdo con el marco constitucional y convencional.

SEGUNDO.- Archívese como asunto concluido.
1.- Proposición presentada por el Dip. Carlos de Jesús Alejandro, Elena Tapia Fonllem y Víctor Reymundo Nájera Medina (PRD), el 23 de julio de 2014.

2.- Dictamen en sentido negativo presentado en Comisión Permanente el 20 de agosto de 2014.

3.- Aprobado en votación económica.

4.- Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos.